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Cortes

Atención: Consejo de Estado anuló la personería jurídica del partido Creemos de 'Fico' Gutiérrez

Federico Gutiérrez, alcalde de Medellín

Federico Gutiérrez, alcalde de Medellín

Foto:Jaiver Nieto Álvarez /ETCE

La demanda se sustentaba en que la resolución del CNE estaba incursa en una falsa motivación. 

En la tarde de este jueves 18 de abril, el Consejo de Estado declaró la nulidad de la resolución del Consejo Nacional Electoral que reconoció la personería jurídica del partido Creemos. 

(Lea:  Primicia: esta sería la estrategia de 'Iván Mordisco' para no perder el control del 'Estado Mayor Central')

Se trata de la colectividad política del  hoy alcalde de Medellín, Federico Gutiérrez, quien en marzo de 2023 recibió el acto administrativo con el que fundó su partido.

(Le invitamos a leer: La historia del Policía que hurtó millonaria suma de dinero que delincuentes le habían robado a comerciante en Bogotá)

La decisión del Consejo se traduce a que el partido se queda sin personería jurídica. 
Palacio de Justicia, sede de las altas Cortes.

Palacio de Justicia, sede de las altas Cortes.

Foto:EL TIEMPO

Para Luis Humberto Guidales, veedor que presentó la demanda, la resolución del CNE estaba incursa en una falsa motivación e infringe las normas en las que debería fundarse al reconocer personería jurídica a Creemos.

"La resolución adolece de falsa motivación, toda vez que el legislador estatutario no ha permitido a los grupos significativos de ciudadanos puedan inscribir candidatos sin antes haber recolectado los apoyos suficientes y menos que puedan adherir a otras candidaturas por las cuales no han recolectado apoyos", señalaron en la demanda.

El argumento de Guidales se basa en que el grupo significativo de ciudadanos con el que Gutiérrez se inscribió a las elecciones presidenciales de 2022 no recolectó apoyos para los comicios al Congreso y, por tanto, "no tenía la capacidad jurídica para adherirse a ninguna candidatura".

En el documento de la demanda, además se lee que ‘Creemos’ obtuvo el número de apoyos requeridos para realizar la inscripción de Gutiérrez como candidato a la presidencia de la República de Colombia para las elecciones del 29 mayo de 2022. “Sin embargo, el comité inscriptor de dicho grupo significativo -sin haberlo expresado desde el formulario de recolección de apoyos, de manera unilateral y defraudando la confianza de quienes lo apoyaron- decidió participar de la consulta popular interpartidista denominada “Equipo por Colombia”, en la que resultó elegido”, se lee en la demanda.
Es decir que el CNE no podía otorgar la personería jurídica al partido, ya que las adhesiones y las coaliciones solo pueden ser realizadas por partidos y movimientos políticos con personería jurídica, y para la fecha este no ostentaba esa condición.

Es importante señalar que, al igual que en el caso de Fuerza Ciudadana de Carlos Caicedo en Santa Marta, los efectos de la sentencia se aplicarán hacia el futuro, lo que significa que los funcionarios electos conservarán sus cargos sin interrupciones.
Jesús Blanquicet
Redacción Justicia
En X: @JusticiaET
justicia@eltiempo.com

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